A diferencia de la Antártida, el Ártico no se encuentra regido por un sistema de tratados único. Más bien, la gobernanza del polo norte consiste en una serie de acuerdos sobre cuestiones específicas, dada la compleja naturaleza de una región donde se superponen territorios soberanos, aguas territoriales y aguas de alta mar. El Consejo Ártico el organismo multilateral más importante donde se debaten cuestiones regionales, pero no el único.
El Consejo Ártico fue creado en 1996 mediante la Declaración de Ottawa y está compuesto por 8 miembros permanentes, estos son, Canadá, Dinamarca, Estados Unidos, Finlandia, Islandia, Noruega, Rusia y Suecia. Además, 6 comunidades indígenas nativas tienen participación permanente en este consejo. Por último, varios Estados interesados en participar en asuntos árticos son miembros observadores del mismo, pero no pueden presentar proyectos salvo a través de un miembro permanente. Su principal misión es servir como un foro de cooperación entre Estados árticos, Estados no-árticos y comunidades indígenas regionales para promover un desarrollo sustentable en la región con acuerdo de todas las partes, promoviendo la preservación de los distintos ecosistemas.
Es importante destacar que, si bien el Consejo Ártico es un organismo bastante activo, con múltiples grupos de trabajo y numerosos actores públicos y privados interesados en mantener una participación activa, tiene también ciertas limitaciones. En primer lugar tiene una limitación presupuestaria, dado que al ser un foro, los Estados miembros financian los proyectos que desean. Además, tiene limitaciones en sus poderes. El Consejo Ártico no puede obligar a ningún Estado a seguir sus directrices. De este modo, el cumplimiento de las mismas queda librado a la voluntad de los Estados. Sumado a esto, todos los miembros deben estar de acuerdo para que el organismo pueda tomar cada decisión. Por último, el Consejo Ártico no puede tratar cuestiones militares de ninguna índole. Se puede ver como su campo de acción está enfocado en la cooperación económica y ambiental, con algunas limitaciones bastantes significativas.
En el año 2008 ocurrió un hecho significativo para la gobernanza del Ártico: Canadá, Dinamarca, Estados Unidos, Noruega y Rusia (los 5 Estados con costas en el Ártico) firmaron la Declaración de Ilulissat. Allí se buscó bloquear el establecimiento de nuevos regímenes internacionales en la región. Además, se estableció que cualquier disputa entre los 5 Estados firmantes sería resuelta entre ellos mismos.
Lo explicado anteriormente da cuenta que el Consejo Ártico es muy relevante para la gobernanza regional por el consenso que acarrea, pero su poder no debe ser sobreestimado. Otros instrumentos del Derecho Internacional también tienen un gran poder regulador en la región. Por ejemplo: el Tribunal Internacional del Derecho del Mar, la Comisión de Límites de la Plataforma Continental de las Naciones Unidas, la Organización Marítima Internacional, el Programa de las Naciones Unidas para el Medio Ambiente, la Convención de las Naciones Unidas sobre el Derecho del Mar, entre otros. Se puede ver la multiplicidad de instrumentos correspondientes a distintas áreas que regulan esta región, creando un gran marco legal en la región.
Según Christopher Joyner (especialista en derecho polar) el gran agregado de tratados que regulan el Ártico es un enorme “parche” y se necesitaría crear un instrumento mucho más abarcativo para hacer frente a los cambios que atraviesa la región y el sistema internacional actualmente. Es una realidad que son muy pocos los Estados involucrados en la gobernanza del Ártico (los miembros del consejo), teniendo en cuenta que la mayoría de los desafíos que atraviesa la región tienen origen y alcance global, como puede ser el paso marítimo por parte de distintos actores, la extracción de recursos o las cuestiones ambientales asociadas al calentamiento global. Sin embargo, esta posibilidad se encuentra actualmente vetada por la Declaración de Ilulissat, y se necesitaría de la aprobación explícita de sus cinco partes firmantes para poder adoptar reformas tendientes a este fin.
A futuro, deberá analizarse si el Consejo Ártico es verdaderamente efectivo para afrontar los desafíos regionales próximos como lo son las disputas territoriales por las plataformas continentales o las amenazas climáticas.
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